Registro de Asistencia: Firma Titular y Firma Secundaria

Registro de Asistencia: Firma Titular y Firma Secundaria

  1. Firma Titular:

Primero, y sólo si eres el docente titular, debes pasar asistencia de manera normal y "Firmar digitalmente" con el botón de abajo. 

Puedes también agregar observaciones, como por ejemplo que el docente Andrés Rojas prestó apoyo en aula como parte del PIE. 




Ingresa los números que arroje tu app de autenticación y firma sólo si eres el docente titular de la asignatura. 



  1. Firma Secundaria: 

Las firmas secundarias son un recurso necesario cuando hay más de un docente por módulo de clases.
Te enseñamos cómo firmar de manera múltiple el Registro de Asistencia a continuación.

Ahora en el Registro de Asistencia podrá indicar la participación de uno o más docentes secundarios, por lo tanto si eres el docente de apoyo y vas a registrar tu firma como docente secundario, debes seleccionar el "+" que aparece en el recuadro bajo Firma Secundaria. 



Se desplegará lo siguiente:


Ingresa tu tóken y selecciona "Firmar asistencia". 




Aspectos a considerar:

  • No es completamente necesario que haya asistencia registrada para que el co-docente pueda firmar el Registro de Asistencia. El co-docente puede adelantar trabajo y firmar el registro antes de que el docente titular lo haga. 
  • Desde mediados de abril de 2022, sólo el/la docente titular podrá registrar asistencia y, por ende, solo él o ella podrá agregar observaciones. 
  • La firma secundaria es sólo para efectos de declarar trabajo realizado, por ende, no influye en el registro oficial de asistencia ni en el Control de Subvenciones.
  • Los estados de "firma pendiente" y "sin firma" sólo son válidos para firmas titulares.
  • Las firmas de docentes secundarios están indicadas para co docencia, apoyo PIE y no para docentes de reemplazos. Éstos deberán firmar como docentes titulares según la normativa vigente (imagen más abajo) indicándolo en Observaciones Generales, donde se puede detallar que la firma titular es la de un docente de reemplazo habilitado. 
                                                                                                                                                                     
Extracto Circular N°30, pág. 16.